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sábado, mayo 11, 2024

Walker califica de histórica reforma al Código de Aguas

El diputado Walker recordó que “esta reforma al Código de Aguas nace desde un trabajo que iniciamos algunos parlamentarios el año 2011, primero al formar una comisión especial de recursos hídricos, desertificación y sequía, que no existía la Cámara de Diputados, y en segundo lugar poder propender a una reforma del Código como la que hemos aprobado hoy”.

Matías Walker señaló que “esta reforma prioriza el agua para fines esenciales, como son la subsistencia, en lo cual se incluye también los usos productivos de subsistencia, como para el sector criancero, también el uso sanitario para los comités de agua potable rural y para los fines productivos en general. Con esta Reforma se prioriza el uso del agua para la Agricultura y la producción de alimentos”.

Respecto a la inquietud planteada por agricultores en distintos puntos del país y la región, el diputado Matías Walker dijo que “no tienen nada que temer. Esta es una reforma para el bien de los agricultores, para que podamos priorizar el uso del agua para la agricultura y la producción de alimentos, así como para el uso sanitario en todas las localidades rurales”.

Agregó el diputado Walker que “acá no se afectan los actuales derechos de aprovechamiento de aguas y en esto quiero ser enfático. Acá se protegen los actuales derechos de agua y se establece que los nuevos derechos van a ser concesiones temporales por 30 años, porque a lo que queremos propender es que los derechos de aprovechamiento de aguas utilicen efectivamente. Que no se especule con el agua, que no pase que se otorguen derechos de aprovechamiento para uso agrícola y que después sean vendidos para el uso de la minería”.

En este sentido Matías Walker planteó que como los agricultores efectivamente utilizan sus derechos de agua, no deben preocuparse. “La única limitación para los actuales derecho de aprovechamiento de aguas es que si no se ocupan, van a caducar; y que si no se inscriben y no se registran, también podrán estar afectos a aquello”.

“Esta reforma mantendrá vigentes los derechos indefinidos de aprovechamiento ya constituidos con anterioridad». Al respecto, aclaró que «la incorporación de causales de caducidad y distinción de los derechos de aprovechamiento no priva a ninguna persona de la titularidad de su derecho en la medida que inscriba su título en el registro conservatorio competente y haga un uso efectivo del mismo». 

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