La disposición de mascarillas protectoras del Covid-19 para los trabajadores y trabajadoras que elijan seguir utilizándolas en los centros de trabajo es una de las obligaciones que deben continuar cumpliendo los empleadores, aun en el nuevo escenario de flexibilidad en el manejo de la pandemia dispuesto recientemente por la autoridad sanitaria.
La DT recuerda que, en el marco de la prolongación del estado de alerta sanitaria hasta el 31 de diciembre próximo, esa secretaría de Estado dictó el pasado 29 de septiembre la resolución N° 1.400, estableciendo el plan “Seguimos cuidándonos”, que modera las anteriores exigencias preventivas contra la pandemia.
Asimismo, menciona que la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) emitió el pasado 30 de septiembre la Circular N° 3.697, estableciendo a contar del 1 de octubre el nuevo protocolo de seguridad sanitaria que deberán cumplir los empleadores.
En este sentido, la DT concluye que “entre otras medidas de prevención de contagio, el empleador deberá mantener mascarillas a disposición de aquellos trabajadores que prefieran utilizarlas, artículos de aseo para el lavado de manos, organizar los puestos de trabajo con un distanciamiento seguro y realizar la higienización periódica del lugar de trabajo”.