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lunes, mayo 6, 2024

Se elimina el pago de intereses y multas por pagar permiso de circulación hasta el 30 de Junio

El Senado respaldó el texto por unanimidad, en el mismo sentido que lo hizo la Cámara de Diputados horas antes.

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Cabe recordar que hace solo unos días, el Parlamento aprobó la norma quedando en condiciones para ser promulgada como ley; sin embargo durante el debate de la misma y en paralelo, se cuestionó lo que iba a pasar con los intereses que se generarían con la postergación del pago de los permisos de circulación al mes de junio de este año.

Considerando la crítica que hicieron una serie de alcaldes en tal sentido y la aglomeración que se ha registrado en las últimas horas, en los módulos de pago de diversas municipalidades del país, el Ejecutivo presentó un veto sustitutivo que en simple en el siguiente sentido:

Se elimina el pago de intereses y reajustes de los permisos que se paguen con posterioridad al 31 de marzo

Cuando se pague esta cuota, se pueda pagar en dos cuotas. La primera que correspondía haber sido pagada el 31 de marzo deberá cancelarse antes del 30 de junio y la segunda, deberá pagarse antes del 31 de agosto de este año.

El veto señala lo siguiente:

“Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 1 del inciso primero del artículo 15 del decreto ley N° 3.063, sobre rentas municipales, cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 2.385, de 1996, del Ministerio del Interior, la renovación de los permisos de circulación y su distintivo correspondientes al año 2020 podrá ser efectuada hasta el 30 de junio de 2020, y el impuesto respectivo podrá ser pagados en dos cuotas iguales. La primera cuota, hasta el 30 de junio de 2020, y la segunda, en los términos señalados en el literal a) del inciso segundo del artículo 15 ya mencionado.

No procederá el cobro de reajustes, intereses ni multas por los pagos realizados hasta el 30 de junio de 2020, de conformidad a lo dispuesto en el inciso precedente.

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