El objetivo de esta ley es sancionar como infracción gravísima a los conductores que incurran en conductas como enviar mensajes (chatear) y conducir simultáneamente, con multas entre 1,5 a 3 UTM ($80.000 a $160.000 aproximadamente), además de la suspensión de licencia por un plazo de 5 a 45 días, el cual puede ser aumentado de 45 a 90 días, en caso de reincidencia.
Al respecto, CONASET explicó que esta ley es muy importante, ya que, el dispositivo móvil, suele ser un distractor de alta peligrosidad en el tránsito, que distrae la vista y la mente del conductor y esto provoca que se quiten las manos del volante.
Es así que, resumiendo, no se podrá usar el celular mientras se conduce, hacer llamadas o enviar audios, grabar videos o tomar fotografías, incluso no se podrá realizar estas acciones aunque el vehículo se encuentre detenido por ejemplo, en una luz roja, taco o señal “Pare” es decir, que no se podrá usar el aparato telefónico en todo el momento de la conducción.