Desde esta jornada, jueves 11 de agosto, finalizó el periodo de marcha blanca respecto a la entrega de información sobre los vidrios polarizados en vehículos livianos y medianos, comenzando así a regir en su totalidad. Esto quiere decir que, este tópico será un nuevo aspecto a inspeccionar en las Plantas de Revisión Técnica (PRT) del todo el país.
Según la información entregada por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (MTT), la normativa que busca fortalecer la seguridad en la conducción, permite adherir en los vidrios de los vehículos láminas oscuras o polarizadas siempre cuando cumplan con el Factor de Transmisión Regular de la Luz (FTRL) establecido en el reglamento. En el caso de los vehículos livianos el FTRL es de 70% en los vidrios laterales delanteros y 28% en los vidrios laterales traseros y luneta, en ambos casos con un margen de 5%. En todos los casos, la lámina debe contar con un sello en relieve e indeleble con el FTRL, el nombre y RUT del instalador. No se pueden colocar láminas en el parabrisas.
Asimismo, la norma prohíbe las láminas reflectivas, metálicas o espejadas; las láminas color ámbar, amarillo, rojo o azul, en cualquiera de sus matices; las láminas sobre vidrios oscurecidos o tinteados en vidrios que de fábrica están permitidos, las láminas con imperfecciones, las láminas adheridas en la superficie externa de los vidrios o no instaladas en un sólo paño.
Respecto a las multas que se arriesgan por no cumplir la normativa, van entre las 0,2 UTM y 0,5 UTM, así lo explicó el capitán de carabineros, César Sandoval, de la SIAT al medio EnLaHora. “(…) Si el polarizado es completamente negro, corresponde a una multa. La falta es leve y la multa va entre 0,2 UTM y 0,5 UTM cuando el polarizado no es total. Lo que hacemos es parar a los conductores y explicarle el contexto de la nueva ley”.