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jueves, mayo 2, 2024

LA SERENA: TRIBUNAL DICTA VEREDICTO CONDENATORIO CONTRA AUTORES DE LOS DELITOS DE LOTEOS IRREGULARES Y ESTAFAS

En resolución unánime (causa rol 11-2020), el tribunal –integrado por las magistradas Eugenia Gallardo Labraña (presidenta), Paola Cortés Tapia (redactora) y María Inés Devoto Torres– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos, como la participación culpable de los acusados en los hechos.

En el juicio, que se extendió por 82 días, depusieron más de 200 testigos, una decena de peritos y se presentaron más de mil 200 pruebas documentales; además de pruebas gráficas, de audio y fílmicas.

Material que permitió al tribunal adquirir la convicción, más allá de toda duda razonable, que los acusados procedieron a adquirir terrenos agrícolas y gravados con la prohibición de cambio de uso de suelo. Paños que luego lotearon y pusieron en venta, celebrando para ello diversos actos jurídicos; tales como: promesas de compraventa, compraventas y sesiones de derecho, para lo cual contaban con la asesoría legal del abogado.

“No cabe duda que cada uno de los compradores siempre entendieron que adquirían el sitio específico que habían elegido, que no sólo les había sido ofertado como tal, sino que también mostrado en terreno por los propios vendedores y, en algunos casos los mismos acusados, lugar donde pretendían construir su casa habitación, que como mucho, por lo demás, luego lo concretaron según quedó debidamente establecido”, consigna el acta de deliberación.

El dictamen agrega: “(…) que los acusados Burdiles Mohr y Miranda Carmona no sólo constituyeron sociedades con un objeto preciso y determinado en el rubro inmobiliario, sino que además establecieron una oficina céntrica en La Serena, también instalaron centro de ventas en uno de los terrenos que ofertaban, contando con un grupo humano de trabajadores, desde secretaria, topógrafo, contador, vendedores, y con un despliegue comercial importante, tanto en redes sociales como en prensa escrita con un determinante y atractivo visual, todo lo cual sin duda, creaba una apariencia externa que daba sustento a las manifestaciones verbales de los autores del delito, pues estos mismos eran los que los atendían, ya sea en terreno o en las oficinas, les entregaban información sobre el supuesto proyecto habitacional que ofertaban exhibiéndoles planos e imágenes que en todo caso ya se contenían en la publicidad; le mostraban y recorrían los terrenos asegurándole los servicios que prestarían, para citarlos luego a una notaría pública donde suscribían los contratos confeccionados por el asesor legal”.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Cortés Tapia– quedó fijada para las 15 horas del próximo lunes 23 de diciembre.

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