En el marco del cobro de las cuotas impagas de los Préstamos Solidarios 2020 y 2021, a partir del 14 de septiembre las personas que no puedan pagar ahora su deuda tendrán la opción de acceder en sii.cl a un cupón de pago con el que podrán suscribir un convenio ante la Tesorería General de la República (TGR), para regularizar su situación.
Para ello, deberán presentar su Declaración de Renta de cada uno de los años en los que mantienen deuda, tal como lo establece la normativa que rigen estos beneficios. El sistema le ofrecerá la opción de declarar sin pago, y les entregará el cupón o giro correspondiente. Con ello, a la semana siguiente, podrán suscribir el convenio con TGR.
«La recomendación es a que las personas esperen al 14 de septiembre, y realicen este trámite en forma rápida y segura en nuestro sitio web., sin tener que ir presencialmente a nuestras oficinas”, subrayó El Director Regional VI DR La Serena, Rómulo Gómez Sepúlveda. Agregó que «estas personas contarán con guías disponibles en sii.cl para orientarlos en todo el proceso, y, de esta forma, puedan regularizar su situación de manera expedita».
Reintegro del Préstamo Solidario
Cabe recordar que a mediados de agosto el SII informó que cerca de un millón de contribuyentes que solicitaron algunos de los préstamos solidarios otorgados por el Estado en 2020 y 2021, no realizaron su declaración Anual de Impuestos al menos en una oportunidad, dentro del plazo establecido para el reintegro de los montos otorgados (es decir, entre 2022 y 2026), a pesar de contar con ingresos en dichos periodos.
Según lo establecido por la legislación vigente, las personas que se encuentran en esta situación y (cerca de 38.901 en la región de Coquimbo) deberán reintegrar las cuotas del Préstamo Solidario que quedaron impagas producto de su declaración de impuesto en uno o más periodos hasta el 30 de noviembre.
La primera opción, en caso de deuda, es presentar sus formularios de Renta de los años no declarados antes de fines de noviembre a través del sitio web del SII y utilizando la propuesta elaborada por el Servicio, y de esta forma, evitar cobros posteriores. Para pagar la deuda a través de la presentación de la Declaración de Renta del año o años adeudados, los contribuyentes encontrarán en sii.cl un paso a paso que los guiará en este proceso.
“La opción de pago, para quienes no cuentan hoy con recursos para pagar el préstamo, es como ya se mencionó, esperar al 14 de septiembre para contar con su cupón, con le que podrán realizar un convenio de pago con la TGR”, enfatizó el Director, IV DR La Serena.
Quienes deben reintegrar cuotas impagas
Son 1.073.590 personas que no cumplieron con alguna de sus declaraciones de impuestos, requisito obligatorio para el reintegro de este beneficio, en uno o más periodos entre 2022 y 2026, totalizando una deuda que supera los $553 mil millones y que, a su vez, obtuvieron ingresos durante el año tributario correspondiente. Es este grupo el que, a partir de septiembre, comenzará a recibir los boletines de cobro respectivos, con el correspondiente reajuste y cálculo de intereses.
Cabe señalar que si una persona no tuvo ingresos en algunos de los años en que le correspondía pagar una cuota, esta no se cobrará de acuerdo a lo establecido en la Ley, ya que se debe recordar que el monto de cada cuota no podía superar el 5% de los ingresos que tuvo en el año no declarado, reajustado según el IPC correspondiente.
Préstamo Solidario 2020 y 2021
La normativa estableció que este beneficio -destinado a apoyar a las personas a enfrentar las consecuencias de la pandemia del Covid- debería ser pagado en 4 cuotas anuales, a través del proceso de declaración de Renta. La primera cuota correspondía al 10% del monto total solicitado, mientras las tres restantes, equivalían a un 30% de dicho total.
Cada pago anual no podía superar el 5% de los ingresos obtenidos cada año. Si por la aplicación de este límite, luego de la cuarta cuota se mantenía un saldo por reintegrar, la ley estableció que éste sería condonado.
Con el objeto de facilitar el pago de las cuotas anuales asociadas a este beneficio, a través de la Declaración de Renta, se estableció también la obligación, tanto para trabajadores dependientes como independientes y empresarios individuales, de someterse a una retención adicional del 3% mensual de sus impuestos.
Si producto de estas retenciones se producían excedentes, luego del pago de la cuota respectiva del préstamo, el contribuyente podía abonarlos a las cuotas siguientes o bien, solicitar su devolución en la misma Operación Renta.
De esta forma, un total de 1.857.380 RUTS únicos solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, por un monto total superior a los $2 billones (nominales). Durante los años 2022 a 2026, 127.946 personas registraron un pago total de este beneficio superior a los $953 mil millones (nominales).
Por otro lado, 427.938 contribuyentes que cumplieron cada año con el pago de las cuotas del préstamo solidario a través de su declaración de Renta, quedaron con un saldo pendiente total cercano a los $184 mil millones, el que fue condonado, de acuerdo a lo establecido por ley.




