En fallo unánime (causa rol 142-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Fernando Ramírez, Marta Maldonado y el fiscal judicial Miguel Montenegro–, revocó la resolución apelada, dictada el 30 de marzo recién pasado, por el Juzgado de Garantía de Illapel, por considerar que la libertad de Lemus Lobos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Atendido el mérito de autos y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, estimando estos sentenciadores que concurren en la especie antecedentes para considerar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la pena asignada al ilicíto investigado, forma y circunstancia de su comisión, y teniendo presente además, el bien jurídico que aparece lesionado (…), SE REVOCA la resolución dictada en audiencia del día treinta de marzo de dos mil diecisiete, por la Juez del Juzgado de Garantía de Illapel que no dio lugar a la solicitud del Ministerio Público en orden a decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada de autos y, en su lugar se resuelve, que se hace lugar a la referida medida decretando la prisión preventiva de la imputada Daniela Alejandra Lemus Lobos”, sostiene el fallo del tribunal de alzada.