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martes, mayo 14, 2024

Corte de La Serena confirma resolución que dejó sin medidas cautelares a imputado por homicidio de colectivero al no existir indicios de participación

La Corte de La Serena rechazó hoy –lunes 6 de febrero– el recurso de apelación presentado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de la ciudad, que no dio lugar a la solicitud de prisión preventiva de uno de los  imputados por el Ministerio Público como coautor del delito de homicidio. Ilícito perpetrado el viernes recién pasado, en la comuna.

En fallo dividido (causa rol 85-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Christian Le Cerf Raby, Felipe Pulgar Bravo y Marcela Sandoval Durán– confirmó la resolución impugnada al compartir que, en esta etapa procesal, no existen indicios que permitan presumir fundadamente la participación atribuida por la fiscalía a dicho sujeto.

“(…) respecto a la participación, con los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrados, básicamente la relación de los hechos relatados por los encartados al prestar declaración ante el órgano persecutor y, además, por el testigo protegido, estos sentenciadores estiman que aquellos no son suficientes para presumir fundadamente la participación del imputado en los hechos materia de la formalización, en los términos en ella expuestos por el Ministerio Público, ya que de esos antecedentes, no se revela conducta alguna que pueda, por ahora, ser subsumida en el artículo 15 del Código Penal, sino que eventualmente podría circunscribirse a otro tipo de participación de aquellas que el mismo cuerpo legal contempla”, sostiene el fallo.

“Que siendo indispensable para aplicar una medida cautelar la concurrencia copulativa de las letras a) y b) del citado artículo 140 del citado código, lo que no ocurre en la especie, es imposible decretar medida cautelar alguna al imputado, lo que conduce a confirmar la decisión en alzada”, agrega.

Por tanto, se resuelve que: “SE CONFIRMA en lo apelado, la resolución de cinco de febrero de dos mil veintitrés por el Juzgado de Garantía de La Serena, que no accedió a la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público respecto del imputado”.

Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Pulgar Bravo, quien explicó que: “La Corte de Apelaciones de La Serena a través de la sala que funciona extraordinariamente en la época de verano, decidió confirmar la resolución del Juzgado de Garantía de La Serena que, conociendo la solicitud del Ministerio Público, decide negar lugar a la medida cautelar de prisión preventiva en contra de uno de los encartados”.

“El Ministerio Público apeló respecto de esta resolución y la sala, por mayoría de votos, decidió confirmar lo resuelto por el tribunal a quo, en particular porque se estimó, al igual que lo sostuvo el juez de garantía de primer grado, la inexistencia, por lo pronto, de antecedentes suficientes que acrediten la participación del encartado en los hechos por los cuales Ministerio Público, luego, formalizó”, agregó el ministro.

Según el ente persecutor, aproximadamente a las 22:30 horas del 3 de febrero de 2023, en la vía pública, avenida Colo Colo con Vicuña Mackenna, comuna de La Serena, los dos imputados, uno de ellos ya en prisión preventiva , tras discutir por el pago del pasaje con la víctima, un conductor de taxi colectivo, descendieron al auto de alquiler y rodeando al chofer, quien también bajó del móvil. En dicho contexto, uno de los sujetos lo agredió de improviso y por la espalda, con un arma corto punzante, provocándole una herida torácica que le causó la muerte.

Tras la agresión, los imputados se dieron a la fuga, procediendo en el trayecto uno de ellos a deshacerse del arma.

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