En un nuevo juicio (causa rol 31-2017), luego que el anterior, realizado en marzo, fue anulado por la Corte de Apelaciones de La Serena, el tribunal –integrado por las juezas María Inés Devoto (presidenta), Nury Benavides (redactor) y Jimena Pérez – aplicó además a la sentenciada las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, más el pago de las costas de la causa.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica de la sentenciada para determinar su huella genética e inclusión en registro nacional de ADN de condenados.
En el aspecto civil, el tribunal acogió la demanda por concepto de daño moral, ordenando a la condenada pagar $5.000.000 (cinco millones de pesos) a Félix Arancibia Paz (padre de la víctima) y $2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos) a Félix Arancibia Adones (hermano).
Resolución que dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 7.30 de la mañana, el 10 de septiembre de 2016, Miranda Navarro se dirigió al domicilio de su ex conviviente, Christian Arancibia Ardones, ubicado en el sector Pan de Azúcar de Coquimbo y, luego de sostener una discusión verbal con éste y “haciendo uso de un cuchillo tipo cocinero, que portaba consigo la acusada y de aproximadamente 20 centímetros de largo, le asestó una estocada en la región torácica a Arancibia Adones, provocándole una herida corto-penetrante, la que le provocó la muerte minutos más tarde en el mismo lugar”.