En fallo unánime el tribunal integrado por los jueces Eugenia Gallado Labraña (presidenta), Claudio Weishaupt Milner (integrante) y Cristián Alfonso Durruty (redactor) determinaron la pena antes señalada, acogiendo en todas sus partes la acusación del Ministerio Público.
La investigación y acusación determinó que: “El día 30 de noviembre de 2014, a las 11:00 horas aproximadamente en la vía pública en el pasaje principal S/N de la población Cañahual de la localidad Rural de Llimpo, comuna de Salamanca; el acusado utilizando un cuchillo agredió a la víctima Guillermo Jaime Velásquez Aspee acertándole una puñalada en el hombro izquierdo y otra en la zona abdominal en el flanco izquierdo, ocasionándole heridas mortales, aun cuando recibiera socorros oportunos y eficaces, las que en definitiva provocaron la muerte de la víctima por anemia aguda por herida penetrante abdominal torácica complicada”.
El fallo agrega que “atendida la extensión de la pena impuesta no se otorga al sentenciado alguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley 18.216, por lo que deberá cumplir la pena corporal que le fuere impuesta de manera efectiva”.
Fuente: Prensa Corte de Apelaciones La Serena