Según explicó el director regional de Coquimbo Alfredo Villagrán Tapia, todas las personas “que requieran este cambio en el Servicio deben ser mayores de edad y no tener vínculo matrimonial vigente, así lo establece la norma publicada en diciembre de 2018”.
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La autoridad precisó que, tras la reserva de hora, la persona deberá asistir a una audiencia especial junto a dos testigos, quienes deben declarar que ésta conoce los efectos jurídicos que implica la rectificación de sexo y nombre de pila. “Además podrá solicitar su cédula de identidad y pasaporte. Si se cumple con los requisitos legales, el Registro Civil podrá acoger la petición en un plazo de 45 días y luego el o la solicitante podrá retirar sus nuevos documentos”, detalló Alfredo Villagrán.
Para la seremi de Justicia y Derechos Humanos, Alejandra Valdovinos, es la solución a un tema que estaba invisibilizado, “esto nos permite cumplir un anhelo de una comunidad que estaba postergada, haciéndoles práctico el camino a un derecho. Esto permite no sólo el cambio de nombre que ya es algo tremendamente relevante, sino que permite también el reconocimiento de derechos en distintos ámbitos, salud, trabajo y otros y al mismo tiempo prohíbe y sanciona todas las discriminaciones que pudieran ser objeto” indicó.
Este cambio de identidad de género no tiene ningún costo, solo se debe pagar la cédula de identidad o el pasaporte. Además, no afecta el número de RUN, ni la titularidad de los derechos y obligaciones patrimoniales de la persona, ni los relativos a la familia.
Para la puesta en marcha de la ley, el Registro Civil se ha preparado en el procedimiento, en la implementación informática y se capacitó a funcionarios y funcionarias del servicio.